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Recibos por honorarios electrónicos (RHE): emisión, retención del 8% y reversión

El comprobante del trabajador independiente: 100% electrónico desde abril 2017, retención del 8% cuando paga un agente de retención, y cuándo corresponde nota de crédito o reversión.

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Qué es y desde cuándo es 100% electrónico

El recibo por honorarios (código 02 del catálogo de comprobantes) sustenta las rentas de cuarta categoría: el ejercicio individual de profesión, arte, ciencia u oficio. Es electrónico por regla general desde el 1 de abril de 2017: la RS 043-2017/SUNAT convirtió a todo perceptor de cuarta categoría que deba emitir recibos en emisor electrónico obligatorio, y esa calidad es definitiva (no se revierte). El formato impreso sobrevive solo como contingencia, por causas no imputables al emisor (p. ej. caída del sistema de SUNAT).

Cómo se emite

Por SUNAT Operaciones en Línea con clave SOL (portal de Personas) o desde el APP Personas SUNAT. El sistema numera automáticamente (serie E001), guarda el recibo y permite enviarlo por correo al usuario. No requiere software propio ni OSE: el emisor es siempre la propia SUNAT como plataforma. Comparar con el circuito de las empresas en comprobantes de pago electronicos.

Retención del 8%

ReglaDetalle
¿Quién retiene?El pagador que sea agente de retención: los obligados a llevar contabilidad según el 1.er y 2.º párrafo del art. 65 de la LIR — en la práctica, empresas del Régimen General y del RMT (aun con ingresos < 300 UIT). Ver regimenes tributarios
¿Cuánto?8% del importe total del recibo, como pago a cuenta del emisor
¿Desde qué monto?Solo si el recibo supera S/ 1,500
¿Cómo se evita?Con la constancia de suspensión (Formulario Virtual 1609), si proyectas que tus rentas de 4.ª del año no superarán el tope anual (2026: S/ 48,125; S/ 38,500 para dietas de directores — verificar el valor vigente cada enero)

Ejemplo: Comercial Pedrisa S.A.C. (RMT) paga S/ 2,000 al abogado Ruiz, sin suspensión vigente: retiene S/ 160 y le abona S/ 1,840. Si el recibo fuera de S/ 1,400, no hay retención. La quinta categoría funciona distinto: ver locacion servicios vs planilla.

¿Sigue existiendo el libro de ingresos y gastos?

No. La misma RS 043-2017 eliminó desde el 01/01/2017 la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos para perceptores de cuarta categoría. Los LIGE generados hasta esa fecha siguen almacenados por SUNAT y son descargables mientras el tributo no prescriba. Hoy el sistema de emisión registra los recibos automáticamente y el emisor solo confirma o registra los pagos percibidos en SOL.

Nota de crédito vs. reversión

Dos remedios distintos, según si el recibo nació bien o mal:

  • Nota de crédito electrónica — el recibo fue correctamente emitido, pero luego hay anulación del servicio, descuento o devolución. Baja el importe (misma lógica que en notas credito debito).
  • Reversión — el recibo salió con datos errados: nombres/razón social o RUC del usuario, o el tipo de renta. Deja el recibo sin efecto, pero solo procede si no tiene pagos registrados ni notas de crédito emitidas. Si ya se pagó, el camino es la nota de crédito.

Ambas se hacen en línea, desde el mismo menú SOL del emisor. El recibo revertido conserva su numeración (no se reutiliza).