Tributación Básico
Regímenes tributarios: NRUS, RER, RMT y Régimen General
Comparativa completa de los cuatro regímenes: topes de ingresos, comprobantes permitidos, libros exigidos, tasas y DJ anual. Base para asesorar la elección de régimen.
⏳ Esta nota cita valores anuales (UIT, tasas, cronogramas): verifica su vigencia antes de aplicarla a un caso real.
Tabla comparativa (valores 2026, UIT = S/ 5,500)
| Criterio | NRUS | RER | RMT | RG |
|---|---|---|---|---|
| Tope de ingresos | S/ 96,000/año (S/ 8,000/mes) | S/ 525,000/año | 1,700 UIT = S/ 9,350,000 | Sin tope |
| Quiénes | Solo personas naturales | PN y PJ | PN y PJ | Todos |
| Impuesto renta | Cuota fija (incluye todo) | 1.5% de ingresos netos mensuales, definitivo | Escala anual 10% / 29.5% | 29.5% anual |
| IGV | Incluido en la cuota | 18% normal | 18% normal | 18% normal |
| Pagos a cuenta | No aplica | No (el 1.5% es cancelatorio) | 1% hasta 300 UIT acum.; luego art. 85 | Coeficiente vs. 1.5% |
| Comprobantes | Solo boletas y tickets — NO facturas | Todos | Todos | Todos |
| Libros | Ninguno | Registro de Compras y de Ventas | Según ingresos (ver abajo) | Según ingresos / contabilidad completa |
| DJ anual | No | No | Sí | Sí |
| Pérdidas arrastrables | — | — | Sí | Sí |
NRUS (D. Leg. 937)
Para bodegas, puestos de mercado y oficios. Dos categorías por ingresos o compras mensuales:
| Categoría | Hasta (mensual) | Cuota |
|---|---|---|
| 1 | S/ 5,000 | S/ 20 |
| 2 | S/ 8,000 | S/ 50 |
No emite facturas ni da derecho a crédito fiscal a sus clientes: si el cliente principal es una empresa que exige factura, el NRUS no sirve. Exclusiones típicas: más de una unidad de explotación, transporte de carga ≥ 2 TM, venta de inmuebles.
RER (arts. 117-124 LIR)
- 1.5% mensual sobre ingresos netos, con carácter definitivo — no hay regularización anual ni DJ anual.
- Requisitos concurrentes: ingresos y compras anuales ≤ S/ 525,000, activos fijos ≤ S/ 126,000 (sin predios ni vehículos), máximo 10 trabajadores por turno.
- Exclusiones del art. 118: construcción, transporte de carga ≥ 2 TM, organización de espectáculos, notarios y comisionistas, casinos, médicos y odontólogos, actividades de asesoría empresarial y contable, entre otras. Revisar la lista antes de acoger a un cliente.
RMT (D. Leg. 1269)
- Hasta 1,700 UIT de ingresos netos anuales; no pueden acogerse vinculadas a grupos que superan el tope ni sucursales de no domiciliados.
- Impuesto anual en escala: 10% hasta 15 UIT de renta neta, 29.5% por el exceso (ver impuesto renta tercera).
- Pagos a cuenta de 1% mientras el acumulado no supere 300 UIT (ver pagos a cuenta renta).
- Libros según ingresos: hasta 300 UIT → Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado; de 300 a 500 UIT se suman Diario y Mayor; de 500 a 1,700 UIT, además Inventarios y Balances (ver libros contables obligatorios).
Régimen General
Residual y sin topes: 29.5% anual, DJ anual obligatoria, arrastre de pérdidas (sistemas A/B) y deducción plena de gastos bajo causalidad (gastos deducibles reparos).
Criterio de asesoría del estudio
- ¿El cliente necesita emitir facturas? → NRUS descartado.
- ¿Su actividad está en las exclusiones del art. 118? → RER descartado.
- ¿Margen neto bajo? El 1.5% definitivo del RER puede costar más que el RMT con escala del 10%.
- Proyectar ingresos: superar el tope obliga al cambio de régimen desde el mes/ejercicio correspondiente, con cambio de libros y de obligaciones (uit y cronogramas para vencimientos).