Sistemas internos · Estudio Códice
Auditoría Intermedio

Auditoría tributaria preventiva: revisar antes de que llegue SUNAT

Los cruces que un estudio contable ejecuta antes de una fiscalización (IGV vs. SIRE, bancarización, detracciones, planilla vs. PLAME, atraso de libros), cómo documentarlos y el valor de subsanar voluntariamente.

✓ Fuentes verificadas contra la web el 2026-07-09 — spike auditable en codice/spikes/

¿Qué es y para qué sirve?

La auditoría tributaria preventiva es una revisión interna que el estudio hace antes de que SUNAT la haga por su cuenta. No emite opinión sobre EEFF (eso es la auditoría financiera de introduccion auditoria nia); su producto es un informe de contingencias tributarias cuantificadas y un plan de subsanación. La lógica: encontrar el error uno mismo cuesta una fracción de que lo encuentre el fiscalizador (ver fiscalizacion sunat).

Los cruces que se ejecutan

CruceQué se comparaContingencia típica
IGV ventas vs. SIREBase imponible declarada en el PDT 621 vs. RVIE del SIREVentas informadas por clientes que no están en la declaración → IGV omitido + multa por tributo omitido
IGV compras vs. RCECrédito fiscal tomado vs. comprobantes anotados; requisitos de los arts. 18°-19° (igv mecanica credito fiscal)Crédito con facturas de proveedores no habidos o sin anotar
BancarizaciónPagos ≥ S/ 2,000 o US$ 500 hechos sin medio de pago bancario (Ley 28194, umbral vigente desde el 01/04/2022 por D.Leg. 1529)Gasto y crédito fiscal no deducibles aunque la operación sea real (gastos deducibles reparos)
DetraccionesOperaciones sujetas al SPOT vs. constancias de depósito (detracciones spot)Depósito no efectuado u extemporáneo → el crédito fiscal solo se ejerce desde el período en que se acredita el depósito + multa del 50% del importe no depositado (D.Leg. 940)
Planilla vs. PLAMETrabajadores reales, conceptos remunerativos y montos vs. lo declarado en PLAME/T-RegistroTrabajador no registrado, remuneraciones subdeclaradas → ESSALUD/ONP omitidos
Libros con atrasoFechas máximas de atraso de los libros electrónicos (ple libros electronicos)Multa por llevar libros con atraso mayor al permitido (numeral 5 del art. 175°: 0.3% de los IN, tope entre 10% UIT y 12 UIT; rebaja de 90% si se subsana y paga antes de cualquier notificación)
Pagos a cuentaCoeficiente/porcentaje aplicado vs. el que correspondíaPagos a cuenta insuficientes → intereses

Ejemplo — Distribuidora Qhapaq S.R.L. (RUC 20609988776): el cruce RVIE detecta 4 facturas de noviembre por S/ 92,000 + IGV que el asistente anuló en el sistema interno pero cuyo XML fue aceptado por SUNAT. Contingencia: IGV S/ 16,560 + multa del art. 178° num. 1 (50% del tributo omitido = S/ 8,280) + intereses. Detectado en preventiva y subsanado con pago antes de cualquier notificación, la multa se rebaja 95% (queda en S/ 414 + intereses).

Cómo se documenta

  1. Alcance y períodos revisados (típicamente los ejercicios no prescritos).
  2. Papeles de trabajo por cruce: fuente A vs. fuente B, diferencias, explicación del cliente, conclusión. La misma disciplina de la evidencia de auditoría: pantallazos/CDR, no solo dichos.
  3. Matriz de contingencias: contingencia → base legal → importe (tributo + multa + intereses) → probabilidad → acción recomendada.
  4. Informe al cliente con plan de subsanación priorizado por importe y riesgo de detección.

El valor de la subsanación voluntaria (gradualidad)

El Régimen de Gradualidad (R.S. N° 063-2007/SUNAT y modificatorias, dictado al amparo de la facultad discrecional del art. 166° del Código Tributario) premia con rebajas máximas de multa a quien subsana ANTES de cualquier notificación de SUNAT: subsanación voluntaria con pago = 95% para el art. 178° num. 1 (cifras o datos falsos) y 90% para el art. 175° num. 5 (libros con atraso). La secuencia correcta:

  1. Rectificar la declaración (PDT 621, PLAME) o regularizar el depósito/registro.
  2. Pagar tributo omitido + intereses.
  3. Pagar la multa rebajada en el mismo acto (varias rebajas exigen pago para consolidarse).

La escala de rebaja cae en picada cuando ya existe requerimiento o resolución: por eso “preventiva” — el mismo error cuesta varias veces más una vez notificado. Además, subsanar temprano corta el devengo de intereses moratorios y evita que la inconsistencia escale a una fiscalización definitiva.