Fiscalización SUNAT: tipos, plazos y defensa
Fiscalización parcial, definitiva y parcial electrónica: plazos legales, cómo responder requerimientos, cierre, valores (RD/RM) y la línea de tiempo de reclamación y apelación.
Tipos de fiscalización
| Tipo | Alcance | Plazo | Puede ampliarse |
|---|---|---|---|
| Definitiva | Revisión completa de un tributo y período (cierra la determinación) | 1 año desde que se entrega TODA la documentación del primer requerimiento | +1 año por complejidad, evasión indiciaria o grupo económico (art. 62-A) |
| Parcial | Solo los elementos comunicados (p. ej. “crédito fiscal 2024”) | 6 meses | Puede convertirse en definitiva (el plazo pasa a 1 año) |
| Parcial electrónica | Inconsistencias detectadas por sistemas (cruces del sire rvie rce, CPE) | 30 días hábiles, todo por buzón SOL | — |
El vencimiento del plazo no anula la fiscalización: solo impide pedir más documentación; SUNAT aún puede emitir valores dentro del plazo de prescripción.
Línea de tiempo completa
Carta de presentación + Requerimiento N.º 1
│ (exhibir libros, registros, sustentos)
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Respuestas y requerimientos sucesivos ──► prórrogas (art. 7 del Reglamento)
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Requerimiento del art. 75 (opcional): observaciones finales + plazo para descargos
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CIERRE de requerimientos (resultados por escrito)
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Valores: Resolución de Determinación (RD) + Resolución de Multa (RM)
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RECLAMACIÓN ante SUNAT ── 20 días hábiles para presentar · 9 meses para resolver
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APELACIÓN ante el Tribunal Fiscal ── 15 días hábiles · 12 meses para resolver
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(Agotada la vía administrativa: demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial)
Presentar la reclamación dentro de los 20 días hábiles permite impugnar sin pagar la deuda (salvo la parte no reclamada); fuera de plazo se exige pago o carta fianza.
Cómo responder requerimientos (oficio del senior)
- Leer el alcance exacto: en una parcial, no entregar más períodos ni elementos que los fiscalizados. Todo lo entregado puede usarse.
- Responder por escrito, foliado y con cargo; cada punto del requerimiento tiene respuesta expresa, aunque sea “no aplicable”.
- Prórroga: se solicita con sustento y, como regla del Reglamento, con anticipación no menor a 3 días hábiles al vencimiento (casos de entrega inmediata tienen reglas propias). El silencio de SUNAT concede plazos mínimos regulados.
- Fehaciencia primero: la mayoría de reparos (gastos deducibles reparos, crédito fiscal de igv mecanica credito fiscal, depósitos de detracciones spot) se ganan o pierden por la calidad del expediente: contratos, entregables, correos, medios de pago.
- Requerimiento del art. 75: es la última oportunidad de desvirtuar observaciones antes de los valores — priorizarlo sobre cualquier otra carga del estudio.
- Evaluar en cada etapa la gradualidad de las multas asociadas: subsanar durante la fiscalización rebaja la multa del art. 178 (ver codigo tributario infracciones); esperar la RM la encarece.
Resultados: RD y RM
- RD (Resolución de Determinación): fija la deuda u observaciones por tributo y período; debe motivar cada reparo con base legal.
- RM (Resolución de Multa): sanciona las infracciones vinculadas (normalmente art. 178.1).
- Revisar requisitos formales de los valores (art. 77): defectos de motivación son argumento de nulidad en reclamación.
Prevención
La mejor fiscalización es la que encuentra el expediente ya armado: cierres mensuales conciliados contra SIRE, papeles de trabajo de la DJ anual del impuesto renta tercera y una revisión anual tipo auditoria tributaria preventiva sobre los períodos no prescritos.