IGV en exportaciones: Saldo a Favor del Exportador (SFE y SFMB)
La exportación no está afecta al IGV, pero el IGV de las compras se recupera: SFE contra el débito del mes, SFMB para compensar pagos a cuenta/renta o pedir devolución, con tope del 18% de las exportaciones embarcadas.
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La exportación no paga IGV, pero sus compras sí
La exportación de bienes y servicios no está afecta al IGV (art. 33 Ley del IGV). El problema: el exportador sí pagó IGV en sus compras locales (insumos, fletes, servicios). Para no exportar impuestos, la ley le devuelve ese IGV por una vía especial — no por el crédito fiscal ordinario de igv mecanica credito fiscal.
La cascada: SFE → SFMB → compensación → devolución
1. Saldo a Favor del Exportador (SFE) (art. 34): el IGV de las adquisiciones destinadas a exportación. Se determina con las mismas reglas del crédito fiscal (requisitos sustanciales y formales; si hay operaciones mixtas, ver prorrata credito fiscal).
2. El SFE se deduce primero del impuesto bruto (débito) del IGV del período por las ventas locales gravadas.
3. Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB): el remanente. Con el SFMB, en este orden de uso práctico:
| Uso | Detalle |
|---|---|
| Compensar pagos a cuenta de renta | Automática en el FV 621 (pagos a cuenta renta) |
| Compensar la regularización anual de renta | En la DJ anual (dj anual renta tercera) |
| Compensar otros tributos del Tesoro Público | Si no hay renta suficiente que absorba el saldo |
| Devolución | FV 1649, con PDB presentado previamente |
4. Límite del período: 18% (tasa del IGV) de las exportaciones embarcadas en el período. El SFMB que excede el tope no se pierde: se arrastra al mes siguiente y vuelve a someterse al límite. Nota clave: el límite usa la fecha de embarque (DAM), no la de emisión de la factura de exportación.
Devolución: PDB Exportadores + FV 1649
Procedimiento vigente (verificado 2026):
- Presentar el PDB Exportadores (software de SUNAT, R.S. 157-2005/SUNAT) con el detalle de adquisiciones y exportaciones del período — es requisito previo a compensar o pedir devolución; sin PDB la solicitud se rechaza.
- Presentar el Formulario Virtual 1649 por SUNAT Operaciones en Línea (Mis Devoluciones), motivo “Saldo a favor materia de beneficio”.
- SUNAT emite Notas de Crédito Negociables (o abono en cuenta/cheque) en 5 días hábiles — 1 día hábil si se presenta garantía (carta fianza). El plazo puede extenderse (p. ej. 15 días hábiles adicionales) si el exportador tiene inconsistencias, deuda exigible u opera esporádicamente.
Ejemplo
Agroexport Ica S.A.C., período junio: exportaciones embarcadas S/ 500,000; ventas locales gravadas S/ 50,000 (débito S/ 9,000); IGV de compras del mes S/ 70,000.
- SFE = 70,000 → menos débito 9,000 → SFMB = S/ 61,000.
- Límite: 18% × 500,000 = S/ 90,000 → todo el SFMB es utilizable.
- Pago a cuenta de renta de junio S/ 7,500 → se compensa en el 621 → quedan S/ 53,500 para pedir en devolución con el 1649.
Alertas del especialista
- El SFMB devuelto o compensado en exceso se restituye con intereses y multa 178.1 (codigo tributario infracciones) — cuadrar el PDB contra el registro de compras (sire rvie rce) antes de solicitar.
- Toda solicitud de devolución relevante suele gatillar una verificación o fiscalizacion sunat del crédito: tener a mano DAMs, facturas y medios de pago (bancarización).