Sistemas internos · Estudio Códice
Laboral Intermedio

REMYPE: régimen laboral especial de la micro y pequeña empresa

TUO de la Ley MYPE: micro (hasta 150 UIT de ventas) y pequeña (hasta 1,700 UIT), tabla de beneficios laborales reducidos vs régimen general e inscripción en REMYPE.

⏳ Esta nota cita valores anuales (UIT, tasas, cronogramas): verifica su vigencia antes de aplicarla a un caso real.

Quién califica: solo por ventas anuales

Desde la Ley 30056 (recogida en el TUO D.S. 013-2013-PRODUCE), la categoría se define únicamente por el nivel de ventas anuales — ya no por número de trabajadores:

CategoríaVentas anualesEn soles (UIT 2026 = S/ 5,500)
MicroempresaHasta 150 UITHasta S/ 825,000
Pequeña empresaMás de 150 y hasta 1,700 UITHasta S/ 9,350,000

No confundir con los regímenes tributarios (RUS, RER, RMT, RG): una empresa puede ser “pequeña empresa” laboral y estar en régimen general tributario (ver contrato de trabajo regimenes para el mapa de regímenes laborales).

Tabla comparativa de beneficios laborales

BeneficioRégimen general (D. Leg. 728)Pequeña empresaMicroempresa
Remuneración mínimaRMVRMVRMV
Vacaciones30 días15 días15 días
Gratificaciones1 sueldo en julio y diciembre1/2 sueldo cada unaNo hay
CTS~1 sueldo al año (2 depósitos)15 remuneraciones diarias por año (tope 90)No hay
UtilidadesSí (si supera 20 trabajadores)No
Asignación familiarNoNo
SaludEsSalud 9% empleadorEsSalud 9%SIS (semisubsidiado, aporte estatal parcial)
PensionesONP/AFP obligatorioONP/AFP obligatorioONP/AFP; existe el Sistema de Pensiones Sociales (opcional — verificar operatividad)
SCTR (si hay riesgo)No exigible
Indemnización por despido arbitrario1.5 sueldos por año (tope 12)20 rem. diarias por año (tope 120)10 rem. diarias por año (tope 90)

Los aportes que sí existan se declaran igual que en el régimen general: EsSalud/ONP por PLAME y AFP por AFPnet (ver essalud onp afp).

Inscripción en REMYPE: sin registro no hay beneficio

El régimen especial no es automático: exige inscripción en el REMYPE (Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa), trámite virtual con clave SOL a través del portal del Estado (gob.pe / MTPE). Reglas clave:

  1. Los beneficios reducidos aplican solo a trabajadores contratados después de la acreditación — los contratados antes conservan su régimen de origen. No es retroactivo.
  2. Si la empresa supera el tope de ventas de su categoría por 2 años consecutivos, debe migrar de categoría (o al régimen general) con los plazos de gracia que fija el TUO.
  3. El descenso de derechos de un trabajador ya contratado en régimen general es nulo: no se puede “pasar a MYPE” a la planilla existente.

Caso — Comercial Andina S.A.C.

Con ventas de S/ 2.9 millones (~527 UIT) califica como pequeña empresa. Un vendedor con sueldo S/ 1,500 contratado tras la acreditación REMYPE recibe: vacaciones de 15 días, gratificaciones de S/ 750 en julio y diciembre (más su 9% de bonificación — la Ley 30334 también le alcanza), y CTS anual de 15 remuneraciones diarias (1,500 ÷ 30 × 15 = S/ 750 por año). Frente al régimen general, el costo laboral anual del puesto baja de manera significativa; el estudio debe documentar la acreditación REMYPE en el file del cliente antes de aplicar estas reglas en la planilla.